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junio 9, 2025La legislación, que ya entró en vigor, tiene implicaciones para propietarios y clientes.
El gobernador de Florida, Ron DeSantis, promulgó el pasado 2 de junio una ley clave que introduce cambios significativos en el sector de la hostelería, alquileres vacacionales y los servicios de alimentación dentro de estas instalaciones.
La Ley SB 606, aprobada previamente por la Legislatura estatal, redefine conceptos esenciales de hospedaje y establece nuevas directrices para desalojos, así como para la divulgación de cargos adicionales en restaurantes.
La normativa entró en vigor de inmediato, buscando una aplicación clara antes del inicio de la temporada vacacional de verano. Una de las novedades de la legislación es la distinción entre la ocupación transitoria y la no transitoria en propiedades de alojamiento público, incluyendo hoteles y alquileres vacacionales operados a través de plataformas digitales.
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Se definió como alojamiento público transitorio a toda unidad o conjunto de unidades arrendadas más de tres veces por año calendario, por periodos inferiores a 30 días o un mes. En contraste, el alojamiento público no transitorio se refiere a unidades o complejos alquilados por un mínimo de 30 días consecutivos o un mes completo.
Nuevas reglas para los alojamientos en Florida
La legislación de Florida refuerza la presunción de que, si el lugar arrendado no constituye el domicilio único del huésped, se considerará una estancia temporal. Por el contrario, si un contrato escrito estipula que la propiedad será la única residencia del huésped, se presumirá como permanente. Estos criterios tendrán un impacto directo en el registro de propiedades ante el estado, influyendo en la fiscalización y la aplicación de normativas específicas.
Otro de los aspectos más destacados de la ley SB 606 es la modificación del artículo 509.141 de los estatutos de Florida, que ahora detalla explícitamente las circunstancias bajo las cuales un operador de hospedaje puede solicitar a un huésped que abandone las instalaciones. Esta medida busca prevenir conflictos y posibles abusos, proporcionando claridad tanto a operadores como a huéspedes.
La legislación implica reglas para los propietarios y clientes. Foto: Freepik
Entre los motivos que justifican la expulsión inmediata de un huésped en Florida, se incluyen:
– Consumo o posesión ilegal de drogas dentro del establecimiento, estado de embriaguez, comportamiento violento o uso de lenguaje ofensivo
– Acciones que causen incomodidad o perturbación a otros huéspedes, o que puedan dañar la reputación del establecimiento
– Falta de pago al momento del horario de salida acordado
– Incumplimiento del horario de check-out sin haber negociado previamente una extensión con el establecimiento
– No abonar los servicios, alimentos o bebidas consumidos en restaurantes ubicados dentro del recinto
– Cualquier situación en la que el operador determine que la permanencia del huésped podría ser perjudicial para la empresa
Algunas razones podrían llevar al desalojo de los huéspedes. Foto: Freepik
En todos los casos, la ley exige una notificación formal por parte del operador para que la persona se retire. Dicha notificación puede ser oral o escrita, aunque para los casos relacionados con falta de pago o incumplimiento de salida, se debe entregar de manera fehaciente, sea por correo electrónico, mensaje de texto o nota impresa.
Adicionalmente, la nueva legislación estipula que el operador debe reembolsar al huésped la porción no utilizada del pago anticipado, deduciendo el valor correspondiente a los días ya transcurridos.
Transparencia en cargos de restaurantes dentro de hoteles
Otro componente relevante de la SB 606 concierne a los establecimientos de comida, como bares, restaurantes y locales situados en hoteles o complejos turísticos. La ley introduce regulaciones para los recargos operativos, una práctica común en Florida que a menudo generaba sorpresa en los clientes al recibir la cuenta.
Los recargos operativos en restaurantes dentro de hoteles deben informarse previamente. Foto: Freepik
Según la enmienda al artículo 509.214, si un restaurante opta por aplicar un cargo adicional por “operación”, una tarifa fija sumada al costo de los productos consumidos, está obligado a:
– Informar de manera previa, visible y clara al cliente, ya sea en el menú o mediante un cartel a la entrada
– Incluir el monto específico del recargo en la factura final y en el recibo entregado al cliente
– Expresar el cargo de operación de forma separada, evitando su inclusión disimulada dentro del total
Cabe destacar que la ley prohíbe expresamente a los consumidores iniciar demandas individuales por la aplicación de este tipo de recargo. La medida busca fomentar una mayor transparencia sin propiciar litigios masivos.